Armas de fuego

¡El transporte de armas de fuego debe restringirse a funcionarios gubernamentales autorizados!

INFORMACIÓN

  • El transporte de armas de fuego debe restringirse a funcionarios gubernamentales autorizados, teniendo en cuenta los aspectos relacionados con la necesidad, la seguridad de vuelo y la seguridad de la aviación civil, de conformidad con los actos normativos de ANAC, en coordinación con la Policía Federal de Brasil.

  • Los pasajeros que deseen embarcarse en esta condición deben comunicarlo con anticipación e informar su autorización al menos dos horas antes de la salida del vuelo.

  • Para el transporte del arma de fuego, se desmontará, desorganizará y almacenará en un estuche de transporte apropiado, después de la autorización de embarque otorgada por el Departamento de Policía Federal de Brasil al presentar el tránsito (guía de tránsito) emitido por el Comando del Ejército. Brasileño

  • La cantidad máxima de munición permitida para el envío es de 5 libras por pasajero.

  • Además de los procedimientos anteriores, los pasajeros que viajen a Angola o se encuentren en tránsito a través de Angola también deben contar con una autorización por escrito del Ministerio del Interior de Angola.